El Instituto Cultural de la Provincia de
Buenos Aires, a través de la Dirección de Artes Visuales, dependiente de
la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, invita a todos los jóvenes
artistas a participar del Salón Provincial de Arte Joven 2012, en la
especialidad Escultura y Objeto.
Se pueden retirar las bases en la Dirección de Cultura y Educación:
1° piso del Teatro Argentino de Mercedes (B)
Art. 1º- El Instituto Cultural de la
Provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección de Artes Visuales,
dependiente de la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, invita a todos
los jóvenes artistas a participar del Salón Provincial de Arte Joven 2012, en
la especialidad Escultura y Objeto.
Este
certamen tiene por objeto difundir y estimular la investigación artística, la
experimentación y el uso de nuevos medios en las artes plásticas, de los
artistas de 18 a 30 años cumplidos en junio inclusive.
Para la
concreción de este certamen, se cuenta con el auspicio de la Gobernación y de
las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos
Aires.
Teniendo
en cuenta lo establecido en el art. 4°, de la Ley 12.853/02 que establece la
realización anual de este Salón en distintas regiones de la Provincia, la
edición 2012 se exhibirá en el Museo Municipal de Arte e Historia Los Toldos
- Avellaneda nº 869. Ciudad de Los Toldos. Gral. Viamonte.
Art. 2º- Podrán participar artistas
argentinos y extranjeros, con un mínimo de dos años de residencia en la
provincia y los extranjeros con tres años de residencia en el país y dos en la
provincia.
Art. 3º- Se admitirá una obra original
por autor. El tema y técnica son libres, siempre que encuadren con la
especialidad del Salón.
Art. 4º- Materiales
Las obras deberán estar realizadas en materiales imperecederos y definitivos y podrán estar integradas por varias partes, siempre que no superen las dimensiones y pesos establecidos en el artículo 5º del presente Reglamento.
Las obras deberán estar realizadas en materiales imperecederos y definitivos y podrán estar integradas por varias partes, siempre que no superen las dimensiones y pesos establecidos en el artículo 5º del presente Reglamento.
Art. 5º- Dimensiones
Las obras presentadas podrán medir hasta 2 m de alto x 2m de ancho x 2 m de profundidad. Las medidas mínimas serán de 0,50 m de alto x 0,30 m de ancho x 0,30 m de profundidad.
En todos los casos el peso no podrá superar los 50 Kg. en el total de obra (si ésta es de una sola pieza) o 15 Kg. en cada una de sus partes, en aquellas integradas por varios módulos, excluyendo las que se cuelguen del muro.
Las obras presentadas podrán medir hasta 2 m de alto x 2m de ancho x 2 m de profundidad. Las medidas mínimas serán de 0,50 m de alto x 0,30 m de ancho x 0,30 m de profundidad.
En todos los casos el peso no podrá superar los 50 Kg. en el total de obra (si ésta es de una sola pieza) o 15 Kg. en cada una de sus partes, en aquellas integradas por varios módulos, excluyendo las que se cuelguen del muro.
Art. 6º- Las obras que así lo requieran,
deberán presentarse acompañadas de sus respectivas bases o soportes, las que
deberán estar en perfecto estado de sostén y equilibrio.
Art. 7º- De las exclusiones
Las obras no comprendidas en los artículos 2° y 3°.
Las de artistas fallecidos.
Las del personal afectado al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.
Las creadas por un artista y ejecutadas por otro.
Las que lleguen deterioradas o vencido el plazo de admisión.
Las que no tengan adherido el rótulo de identificación.
Las que excedan las dimensiones y peso previsto.
Las obras no comprendidas en los artículos 2° y 3°.
Las de artistas fallecidos.
Las del personal afectado al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.
Las creadas por un artista y ejecutadas por otro.
Las que lleguen deterioradas o vencido el plazo de admisión.
Las que no tengan adherido el rótulo de identificación.
Las que excedan las dimensiones y peso previsto.
Las que
por su estructura insegura puedan constituir un peligro para los espectadores o
no permitan un adecuado montaje.
Art. 8º- De la inscripción
Los aspirantes a participar en el Salón deberán enviar a partir del lunes 2 al viernes 13 de julio, a la Dirección de Artes Visuales, Av. 51 nº 525, La Plata, en el horario de 10 a 16, una carpeta conteniendo:
Los aspirantes a participar en el Salón deberán enviar a partir del lunes 2 al viernes 13 de julio, a la Dirección de Artes Visuales, Av. 51 nº 525, La Plata, en el horario de 10 a 16, una carpeta conteniendo:
-Currículum
Vitae
- fotocopia de la 1º y 2º hoja del documento de identidad
- fotos color de la obra; tamaño postal de tres ángulos de toma diferente (10 x 15 a 13 x 18 cm. aproximadamente) en cuyo dorso deberán figurar datos técnicos de la obra y personales del artista (domicilio, teléfono, e-mail y fecha de nacimiento).
- fotocopia de la 1º y 2º hoja del documento de identidad
- fotos color de la obra; tamaño postal de tres ángulos de toma diferente (10 x 15 a 13 x 18 cm. aproximadamente) en cuyo dorso deberán figurar datos técnicos de la obra y personales del artista (domicilio, teléfono, e-mail y fecha de nacimiento).
Art. 9°- Al hacer entrega de la carpeta,
el artista completará una planilla de inscripción con sus datos personales y
especificaciones técnicas de la obra. La planilla se encuentra en la
página web del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.- www.ic.gba.gov.ar
y del Museo de Arte e Historia los Toldos www.museolostoldos.com.ar; puede ser completada
por el artista adjuntándola a los antecedentes.
El artista o intermediario que actúe en su nombre por el solo hecho de cumplimentar esta planilla se compromete a aceptar plenamente lo establecido en el presente Reglamento.
Su trasgresión o incumplimiento faculta al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires a la cancelación de la inscripción en el Salón.
El artista o intermediario que actúe en su nombre por el solo hecho de cumplimentar esta planilla se compromete a aceptar plenamente lo establecido en el presente Reglamento.
Su trasgresión o incumplimiento faculta al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires a la cancelación de la inscripción en el Salón.
De la selección de obras
Art. 10°- A partir de las fotografías
presentadas por los aspirantes, el Jurado elegirá las obras que serán exhibidas
y podrán aspirar a los Premios. La Dirección de Artes Visuales comunicará el
resultado a cada uno de los artistas seleccionados.
Art. 11°- Entrega de las obras
seleccionadas
Los artistas cuyas obras fueran seleccionadas deberán enviarlas a la Dirección de Artes Visuales, Av. 51 nº 525, La Plata, en el horario de 10 a 16, de lunes a viernes.
Los artistas cuyas obras fueran seleccionadas deberán enviarlas a la Dirección de Artes Visuales, Av. 51 nº 525, La Plata, en el horario de 10 a 16, de lunes a viernes.
Al dorso
de las obras se deberá adherir un rótulo de identificación con los datos
completos del artista y la obra.
La
Dirección de Artes Visuales no tomará a su cargo, bajo ningún concepto, gasto
alguno de transporte, flete o acarreo de las obras de arte, para su recepción o
devolución.
Art.12°- En cada caso se otorgará un
recibo que servirá para la devolución de la obra.
Art. 13°- La Dirección de Artes Visuales
velará por la buena conservación de las obras de arte, pero no se
responsabilizará por su eventual deterioro, destrucción, pérdida, extravío,
robo y /o hurto.
Art. 14°- Del Jurado
El Jurado
de Selección y Premios estará integrado por tres miembros de reconocida
trayectoria en el ámbito de las artes plásticas nacional.
Art. 15°- Se considerará quórum
reglamentario la presencia de la totalidad de los miembros del Jurado.
Art. 16°- La aceptación de las obras se
realizará por simple mayoría de votos.
La adjudicación de los premios será por unanimidad. Se labrarán las actas correspondientes de la actuación del Jurado.
La adjudicación de los premios será por unanimidad. Se labrarán las actas correspondientes de la actuación del Jurado.
Art. 17°- Los artistas participantes que
hayan obtenido premios en este Salón, en los últimos cinco años, sólo podrán
aspirar a un premio mayor al ya obtenido.
Art. 18°- Se instituyen los siguientes
premios:
Premio” Gobierno de la Provincia de Buenos Aires”, adquisición, $10.000
Premio “Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Bs. As.” adquisición, $ 8.000
Premio” Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Bs. As.”, adquisición, $ 8.000
Mención de Honor “Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires”. Diploma
Mención de Honor “Asociación Amigos del Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti”. Diploma
Mención de Honor “Museo de Arte e Historia Los Toldos”. Diploma
Premio” Gobierno de la Provincia de Buenos Aires”, adquisición, $10.000
Premio “Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Bs. As.” adquisición, $ 8.000
Premio” Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Bs. As.”, adquisición, $ 8.000
Mención de Honor “Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires”. Diploma
Mención de Honor “Asociación Amigos del Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti”. Diploma
Mención de Honor “Museo de Arte e Historia Los Toldos”. Diploma
Art. 19°- El Instituto Cultural de la
Provincia de Buenos Aires queda facultado para instituir por sí o por terceros
otros premios en el marco del presente Salón.
Art. 20°- Las obras que reciban los
premios adquisición pasarán a integrar la Colección del Museo Provincial
de Bellas Artes Emilio Pettoruti.
Art. 21°- Los concurrentes al Salón podrán
verificar las actas del Jurado, debiendo acreditar para ello su identidad.
Art. 22°- Del retiro de las obras
Para retirar su obra el artista participante deberá presentar el recibo correspondiente, que le fuera entregado en el momento de recepción.
Para retirar su obra el artista participante deberá presentar el recibo correspondiente, que le fuera entregado en el momento de recepción.
Art. 23°- Pasados los 10 días de
finalizado el plazo establecido para retirar las obras, la Dirección de Artes
Visuales dispondrá el destino de las mismas.
Art. 24°-
A todo
artista participante se lo considerará perfectamente enterado del contenido del
presente Reglamento, el que aceptará en su totalidad, aún si la obra hubiera
sido entregada en su nombre o por terceros.
Art. 25°- Cualquier caso no previsto en
este Reglamento será resuelto por el Instituto
Cultural de la Provincia de Buenos Aires, a propuesta de la Dirección de Artes Visuales, siendo la decisión inapelable y dada a conocer públicamente.
Cultural de la Provincia de Buenos Aires, a propuesta de la Dirección de Artes Visuales, siendo la decisión inapelable y dada a conocer públicamente.
Fechas y plazos:
Recepción
de la carpeta de antecedentes y foto de la obra: del lunes 2 al viernes 13 de
julio.
Reunión de Jurado de Selección: julio
Entrega de las obras seleccionadas: del lunes 23 al viernes 27 de julio
Reunión de premiación: agosto
Inauguración: septiembre.
Reunión de Jurado de Selección: julio
Entrega de las obras seleccionadas: del lunes 23 al viernes 27 de julio
Reunión de premiación: agosto
Inauguración: septiembre.
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